Art. 2.º
Art 2 del Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas. · BOE-A-1989-18569
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-08-03.
Texto consolidado
Directamente dependientes del Presidente de las Confederaciones Hidrográficas, a que se refiere el artículo anterior, existen las cuatro unidades administrativas siguientes:
a) La Comisaría de Aguas.
b) La Dirección Técnica.
c) La Secretaría General.
d) La Oficina de Planificación Hidrológica.