Art. 2. Lugar de presentación
Art 2 del Real Decreto 2245/1986, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes. · BOE-A-1986-28777
Atención: Real Decreto 2245/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las solicitudes de patentes y demás documentos que deban acompañarse a la misma, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley, podrán presentarse:
a) Directamente en el Registro de la Propiedad Industrial.
b) En las Direcciones Provinciales de Industria.
c) En las Comunidades Autónomas cuando tengan reconocida la competencia.
2. Las mencionadas solicitudes podrán dirigirse al Registro de la Propiedad Industrial, en sobre abierto, por correo certificado y con acuse de recibo.