Art. 2.º
Art 2 del Real Decreto 1621/1990, de 14 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Timanfaya. · BOE-A-1990-30708
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-12-20.
Texto consolidado
Por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, se realizarán las actuaciones y decisiones propias de la gestión del Parque Nacional de Timanfaya, de conformidad con lo establecido en el Plan Rector de Uso y Gestión.
Para el cumplimiento de los objetivos definidos en el Plan Rector de Uso y Gestión, se habilitarán los recursos precisos a través de las correspondientes consignaciones en el presupuesto de gastos del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA).