Artículo 2.
Art 2 del Real Decreto 116/1990, de 26 de enero, por el que se establecen las especificaciones técnicas de los teléfonos sin cordón. · BOE-A-1990-2728
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-02-03.
Texto consolidado
En la obtención del certificado de aceptación a que se refiere el artículo anterior será de aplicación, para la exigencia de comercialización, procedimiento y demás aspectos, lo regulado en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987 a que se refiere el artículo anterior del presente Real Decreto.