Art. 2.
Art 2 de la Orden de 5 de octubre de 1988 por la que se aprueba el Reglamento de la Escuela Diplomática. · BOE-A-1988-24046
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-10-20.
Texto consolidado
De acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el artículo 45 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988, la denominación y características de los puestos de trabajo de la Escuela Diplomática serán los que resulten de la correspondiente relación de puestos de trabajo.