Art. 2. Beneficiarios.
Art 2 de la Orden 82/1986, de 9 de octubre, que desarrolla la cobertura del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas a las clases de tropa y marinería no profesionales. · BOE-A-1986-27647
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-11-07.
Texto consolidado
Las prestaciones de cobertura del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas se dispensarán a todos los asegurados incluidos en el ámbito de aplicación a que se refiere el artículo anterior, así como a los familiares de los mismos a que se refiere el artículo 66, punto 1, del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, con el alcance y requisitos previstos para aquéllos en el citado Reglamento General, siempre que no mantengan las prestaciones a que pudieran tener derecho en cualquier otro régimen de la Seguridad Social.