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Orden Vigente

Art. 2. Empleos eventuales.

Art 2 de la Orden 43/1993, de 21 de abril, sobre Régimen del Alumnado de los Centros docentes militares de formación. · BOE-A-1993-10818

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-09-01.

Texto consolidado

1. Con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, el Director general de Enseñanza, en relación con los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, y los Mandos de Personal de los respectivos Ejércitos concederán a los alumnos de la enseñanza militar de formación los empleos de Alférez Alumno, Guardiamarina y Sargento Alumno, con arreglo a lo que establezcan al respecto los correspondientes planes de estudios.

2. Los alumnos de dicha enseñanza que tuvieran un empleo militar con carácter previo al nombramiento a que se refiere el artículo anterior, conservarán los derechos administrativos inherentes a tal empleo y ostentarán los derechos económicos que legalmente les correspondan, si bien estarán sometidos al régimen escolar. Al ingresar en el Centro correspondiente pasarán a la situación de excedencia voluntaria en su Escala de origen o en su condición de militar de empleo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-09-01.

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