Art. 2.
Art 2 de la Ley 8/1988, de 13 de diciembre, por la que se autoriza la modificación de los Estatutos de la Fundación Pública «Centro Regional de Bellas Artes», y se crea el Organismo autónomo Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias. · BOE-A-1989-1486
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-24.
Texto consolidado
La Fundación Pública pasará a denominarse «Centro Regional de Bellas Artes», y tendrá como objetivos básicos llevar la gestión del Museo de Bellas Artes de Asturias, promover el conocimiento y acceso de los asturianos a las artes plásticas en sus diversas manifestaciones y favorecer su difusión mediante el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Conservar y enriquecer la colección del Museo de Bellas Artes de Asturias, así como exhibirla sistemáticamente para su contemplación y estudio.
b) Desarrollar programas de exposiciones temporales y programas de acción cultural y divulgativa para facilitar el acceso del público a la colección y exposiciones del Museo.
c) Prestar servicios de información, documentación y asesoramiento en el ámbito de su competencia.
d) Desarrollar programas de colaboración y cooperación con otros museos, universidades e instituciones que contribuyan a la mejor realización de sus fines.