El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Art. 19. Exportación.

Art 19 del Real Decreto 380/1984, de 25 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Jarabes. · BOE-A-1984-4845

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-03-18.

Texto consolidado

Los productos objeto de esta reglamentación dedicados a la exportación se ajustarán a lo que dispongan en esta materia los ministerios competentes. Cuando estos productos no cumplan lo dispuesto en esta Reglamentación llevarán en caracteres bien visibles impresa la palabra «Export» y no podrán comercializarse ni consumirse en España, salvo autorización expresa de los Ministerios responsables previo informe favorable de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria y siempre que no afecte a las condiciones de carácter sanitario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-03-18.

Más artículos de Real Decreto 380/1984

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 380/1984 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.