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Decreto Derogada

Art. 177.

Art 177 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492

Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cuando por virtud de las reclamaciones que se presenten por no entregar los saldos en las liquidaciones provisionales o generales de fin de mes, o por estar mermada la fianza hubiera de ser suspendido un Agente de Cambio y Bolsa en el ejercicio del cargo, se entenderá que todas las operaciones que tenga pendientes de vencimiento posterior son vencidas a la fecha de la expresada liquidación provisional o general, y se podrán incluir en ella cuando medie reclamación de parte legítima y autenticada, y con arreglo a los cambios que sirvan de base a las indicadas liquidaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-08-04.

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