Art. 16.
Art 16 de la Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Social de la Universidad de Oviedo. · BOE-A-1986-24863
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-02-24.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el presidente podrá incluir, con caracter extraordinario por razones de maxima urgencia, asuntos no inicialmente previstos en el Orden del dia de un Pleno ordinario, siempre que se respete el plazo de notificacion previa de veinticuatro horas a que se refiere el último inciso del artículo 17.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1988-4485.