Art. 157.
Art 157 de la Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria. · BOE-A-1974-494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-03-23.
Texto consolidado
El Procurador administrativo funcionará bajo el control y vigilancia de la Junta Provincial, aunque, de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, con dependencia directa de la Gerencia de la Mutualidad.