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Real Decreto Derogada

Art. 14.

Art 14 del Real Decreto 479/1989, de 5 de mayo, por el que se regula la composición y el procedimiento de actuación de la Comisión Arbitral de Propiedad Intelectual. · BOE-A-1989-10774

Atención: Real Decreto 479/1989 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. En cualquier momento del procedimiento la Comisión, a iniciativa de los árbitros o de las partes, podrá acordar la práctica de las pruebas que estime pertinentes.

2. Los gastos que pueda ocasionar la práctica de la prueba serán satisfechos por quien la haya solicitado, o por ambas partes a prorrata cuando haya sido propuesta por los árbitros, salvo que en la decisión arbitral hubiese expresa condena en costas a una de las partes.

Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 121, de 22 de mayo de 1989. Ref. BOE-A-1989-11548.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-07-01.

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