Art. 135.
Art 135 de la Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria. · BOE-A-1974-494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-03-23.
Texto consolidado
El Gerente, en sus visitas de inspección, no podrá adoptar acuerdos ejecutivos, a no ser que expresa y concretamente se le haya autorizado para ello o que la extrema gravedad del caso así lo exigiese, debiendo entonces dar cuenta de su resolución, por el medio más rápido, a la Comisión Permanente y Junta Nacional, que habrán de refrendar dichos acuerdos.