El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Art. 13.

Art 13 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. · BOE-A-1990-9664

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-04-28.

Texto consolidado

1. Los anexos a que se refieren los apartados a) y b) del artículo anterior se confeccionarán teniendo en cuenta lo que se dispone en los artículos 114 a 118 del presente Real Decreto.

2. El anexo a que se refiere el apartado c) del artículo anterior, que deberá coordinarse, en su caso, con el Programa de Actuación y Planes de Etapas de Planeamiento Urbanístico, recogerá la totalidad de los proyectos de inversión que se prevean realizar.

3. Los proyectos incluidos en el Plan de Inversiones se identificarán mediante el código que en aquél se les asigne y que no podrá ser alterado hasta su finalización.

4. Por cada proyecto deberá especificarse, como mínimo:

a) Código de identificación.

b) Denominación del proyecto.

c) Año de inicio y año de finalización previstos.

d) Importe total previsto.

e) Anualidad prevista para cada uno de los cuatro ejercicios.

f) Tipo de financiación, determinando si se financia con recursos generales o con ingresos afectados.

g) Previsible vinculación de los créditos asignados.

h) Órgano encargado de su gestión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-04-28.

Más artículos de Real Decreto 500/1990

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 500/1990 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.