Art. 126.
Art 126 del Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra. · BOE-A-1983-31306
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-01-01.
Texto consolidado
En todas las Bases y Acuartelamientos existirá un servicio contraincendios, atendido por personal instruido especialmente para dicho fin, y dotado con los medios necesarios convenientemente distribuidos.