Art. 126.
Art 126 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1991-413
Atención: Ley 9/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Con las cuentas rendidas por los Organismos Autónomos y demás documentos que se deban rendir al Tribunal de Cuentas, la Intervención General elaborará estados anuales agregados que permitan ofrecer una visión general de la gestión realizada en cada ejercicio por el conjunto de aquéllos.