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Real Decreto Vigente

Art. 12.

Art 12 del Real Decreto 2623/1986, de 21 de noviembre, por el que se regulan las instalaciones de antenas de estaciones radioeléctricas de aficionado. · BOE-A-1986-33766

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-01-19.

Texto consolidado

1. Las antenas y elementos anejos se instalarán de forma que no produzcan molestias, peligro o daño a personas o bienes y que se garantice el derecho de terceros a no sufrir daños en su propiedad derivados de la instalación.

2. En los casos en que las antenas se sitúen en azoteas o lugares transitables se señalizarán los anclajes y riostras y cuantos elementos pudieran obstaculizar el paso o entrañar peligro para las personas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-01-19.

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