El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Art. 12. Del Pleno del Consejo Social.

Art 12 de la Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Social de la Universidad de Oviedo. · BOE-A-1986-24863

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-09-20.

Texto consolidado

1. Corresponde al Pleno conocer y pronunciarse sobre las materias relacionadas con las competencias que tiene el Consejo Social atribuidas y que se contienen en el artículo 4 del presente Reglamento y en las disposiciones vigentes.

2. Asimismo, asumirá todas las funciones necesarias para el cumplimiento de los fines del Consejo que no estén expresamente atribuidas al Presidente y, especialmente:

a) La elaboración del Reglamento del Régimen, Organización y Funcionamiento en el plazo legalmente establecido, así como su modificación y su traslado a la autoridad correspondiente a efectos de aprobación.

b) La elaboración de sus propias partidas presupuestarias anuales para su inclusión en el presupuesto de la Universidad.

c) La aprobación de la Memoria anual del Consejo Social.

d) Acordar la propuesta de cese de cualquiera de sus miembros por incompatibilidad o inasistencia a las sesiones en los supuestos a que se refiere el artículo 7.2 del presente Reglamento.

e) Crear las Comisiones Permanentes o eventuales que se consideren necesarias.

f) Elegir los miembros del Consejo que han de formar parte de las comisiones eventuales y grupos de trabajo.

g) Determinar los Vocales que representen al Consejo en actividades externas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-09-20.

Más artículos de BOE-A-1986-24863

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1986-24863 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.