Art. 12.
Art 12 de la Ley 8/1988, de 13 de diciembre, por la que se autoriza la modificación de los Estatutos de la Fundación Pública «Centro Regional de Bellas Artes», y se crea el Organismo autónomo Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias. · BOE-A-1989-1486
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-24.
Texto consolidado
1. El Gerente del Organismo será nombrado por el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, por designación libre, previa convocatoria pública e informe favorable del Consejo Rector.
2. Corresponde al Gerente:
a) Cuidar la ejecución de los acuerdos del Consejo Rector y de las resoluciones del Presidente del Organismo.
b) Ejercer las funciones necesarias para realizar los programas y actividades del Organismo que no estén expresamente atribuidos al Consejo Rector o al Presidente.
c) Asumir la ordenación de los gastos que no competan al Presidente, y la de los pagos.
d) Asumir la dirección administrativa del Organismo.
e) Ejercer la administración, gestión y recaudación de los derechos económicos del Organismo.
f) Autorizar los contratos públicos y privados cuando por su cuantía no corresponda al Presidente.
g) Ejercer la Jefatura del Personal del Organismo.
h) Preparar los estudios y propuestas previos a la adopción de acuerdos y resoluciones por el Consejo Rector y su Presidente, y desempeñar cuantas otras funciones no estén expresamente reservadas a éstos.