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Ley Vigente 4 redacciones

Art. 12.

Art 12 de la Ley 1/1991, de 30 de enero, de espacios naturales y de régimen urbanístico de las áreas de especial protección de las Islas Baleares. · BOE-A-1991-9291

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-08-12.

Texto consolidado

En los terrenos incluidos en un área natural de especial interés, la superficie susceptible de la edificación de una vivienda aislada es:

Para la isla de Eivissa, 5 hectáreas.

Para la isla de Formentera, 3 hectáreas.

Téngase en cuenta que la entrada en vigor de esta modificación coincide con la aprobación inicial del Plan Territorial Insular de Eivissa y Formentera, según se establece en la disposición adicional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-08-12.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2004-1474.

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