Art. 11. Del régimen fiscal y obligaciones de información.
Art 11 del Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispone la creación de un sistema de anotaciones en cuenta para la Deuda del Estado. · BOE-A-1987-9217
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-02-10.
Texto consolidado
(Derogado)
Tengase en cuenta para su aplicación el art. 4.1.
Redactado el párrafo segundo del apartado 4 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 128, de 29 de mayo. Ref. BOE-A-1987-12889.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1999-3252.
Más artículos de Real Decreto 505/1987
- ← Art. 10. De las liquidaciones a efectuar por emisión, reembolso y pago de intereses.
- → Art. 12. De las competencias atribuidas al Ministerio de Economía y Hacienda.
- Ver la norma completa: Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispone la creación de un sistema de anotaciones en cuenta para la Deuda del Estado.