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Real Decreto Vigente

Art. 11º. Exportación e importación.

Art 11 del Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas. · BOE-A-1984-1791

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-02-24.

Texto consolidado

Salvo lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales suscritos por España:

a) Los plaguicidas destinados a la exportación que no cumplan las condiciones técnico-sanitarias exigidas por la presente Reglamentación deberán estar embalados y etiquetados de forma que se identifiquen como tales inequívocamente, con objeto de evitar su posible comercialización o utilización en el interior del territorio nacional.

b) Los plaguicidas de fabricación extranjera, para comercializarse y utilizarse en territorio español, deberán cumplir la presente Reglamentación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-02-24.

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