Art. 11. Características generales y específicas de los productos terminados.
Art 11 del Real Decreto 1094/1987, de 26 de junio, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración, Fabricación, Circulación y Comercio de Cereales en Copos o Expandidos. · BOE-A-1987-21012
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-30.
Texto consolidado
11.1 Características generales.—Los distintos tipos de cereales en copos o expandidos deberán cumplir las siguientes condiciones generales:
11.1.1 (Derogado)
11.1.2 (Derogado)
11.1.3 Humedad.
11.1.3.1 Humedad máxima: No excederá del 12 por 100.
11.1.4 (Derogado)
11.1.5 (Derogado)
11.2 (Derogado)
Se derogan los apartados 1.1, 1.2, 1.5 y 2 por el art. 40 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. Ref. BOE-A-2013-3402.
Se derogada el apartado 1.4 por el art. único.q) del Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero. Ref. BOE-A-2010-3032.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, por el que se derogan total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios..