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Orden Vigente 2 redacciones

Art. 11.

Art 11 de la Orden de 31 de julio de 1991 por la que se aprueba el Reglamento del Colegio para Huérfanos de Funcionarios de la Hacienda Pública. · BOE-A-1991-22573

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-16.

Texto consolidado

Corresponde a la Asamblea general:

1. Elegir al Presidente y a los Vocales de la Junta de Gobierno y, en su caso, cesarlos.

2. Elaborar las directrices generales de actuación del Colegio y el diseño de políticas concretas.

3. Examinar y aprobar, en su caso, las memorias anuales de las diferentes actividades realizadas por el Colegio.

4. Examinar y aprobar, en su caso, las cuentas y ratificar los presupuestos de las diferentes actividades del Colegio.

5. Determinar las cuotas de los socios de número y su procedimiento de recaudación.

6. Acordar la modificación del presente Reglamento.

7. Aprobar y modificar, en su caso, las normas internas de funcionamiento.

8. Fijar el tipo y cuantía de las prestaciones y ayudas del Colegio.

9. Acordar la disolución del Colegio en los términos previstos por el presente Reglamento.

10. Cumplir y hacer cumplir los preceptos del presente Reglamento y normas internas de funcionamiento y resolver las dudas que en su aplicación y casos no previstos pudieran plantearse.

11. Adoptar cualquier otro acuerdo a propuesta de la Junta de Gobierno y relacionado con los fines del Colegio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-16.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2002-8099.

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