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Ley Derogada

Art. 106.

Art 106 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1991-413

Atención: Ley 9/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Son funciones encomendadas a la Tesorería:

a) Recaudar los derechos y pagar las obligaciones de la Comunidad.

b) Servir al principio de unidad de caja, mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias.

c) Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones de la Comunidad.

d) Responder de los avales contraídos por la Comunidad según las disposiciones de esta Ley.

e) Tramitar y proponer al Consejero de Hacienda la resolución de los expedientes relativos a la extinción de recursos y obligaciones de la Comunidad.

f) Negociar el pago con acreedores y Entidades financieras por las obligaciones reconocidas, con objeto de obtener una mayor eficacia en la gestión.

g) Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-11-21.

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