Art. 106.
Art 106 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492
Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Junta Sindical expedirá justificante por duplicado acreditativo de las coberturas que reciba, uno de cuyos ejemplares deberá ser entregado por el Agente de Cambio y Bolsa a su comitente, constando en el mismo el número de orden del propio comitente y el nombre del Agente que hizo la entrega.