Art. 102.
Art 102 del Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada. · BOE-A-1984-12106
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-31.
Texto consolidado
Durante la navegación velará porque su buque mantenga el puesto que tenga asignado en la formación o dispositivo y porque los Oficiales de Guardia extremen su atención a las comunicaciones que le afecten.