Art. 10. Competencias del Director.
Art 10 de la Orden 80/1993, de 29 de julio, sobre organización y funciones de los Centros docentes de la Enseñanza Militar de Formación. · BOE-A-1993-20714
Atención: Orden 80/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Director, además de ejercer las funciones a que se refiere el apartado 1 del artículo anterior, será la máxima autoridad académica del Centro, ostentará su representación e informará o efectuará la propuesta de designación de su profesorado.
2. Corresponderán al Director las competencias de carácter general, militar y disciplinario, asignadas a los Jefes de unidad, Centro u organismo.
3. Concernirá asimismo al Director la función de propiciar las actividades que impulsen las relaciones externas del Centro de carácter educativo y cultural y las que contribuyan al conocimiento social de la Defensa Nacional y de las Fuerzas Armadas.