Artículo 10.
Art 10 de la Ley 4/1985, de 3 de junio, del Escudo, Himno y día de Extremadura. · BOE-A-1985-18840
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-06-15.
Texto consolidado
El Himno ha de ser interpretado en aquellos actos oficiales de carácter público y especial significación organizados por las Instituciones de la Comunidad Autónoma Extremeña.