Art. 10.
Art 10 de la Ley 10/1989, de 5 de octubre, de Bibliotecas. · BOE-A-1989-27955
Atención: Ley 10/1989 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A los efectos de esta Ley, se entiende por sistema bibliotecario el conjunto de Instituciones capaz de proporcionar un servicio bibliotecario completo, a través de los Centros dependientes de la Comunidad de Madrid, y mediante el establecimiento de relaciones de cooperación con las diferentes Administraciones Públicas y Entidades privadas de las que dependan Centros bibliotecarios.