Art. 1.º
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-01-28.
Texto consolidado
La Comisión Mixta de Transferencias, constituida de acuerdo con la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, ajustará su actuación a las presentes normas, que formula ella misma dentro de los preceptos de la referida disposición transitoria y restantes normas del citado Estatuto.
Más artículos de Real Decreto 3991/1982
- → Art. 2.º
- Ver la norma completa: Real Decreto 3991/1982, de 29 de diciembre, por el que se aprueban las normas de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón y funcionamiento de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria sexta de su Estatuto de Autonomía.