Art. 1.° Naturaleza, clasificación y régimen jurídico.
Art 1 del Real Decreto 302/1989, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto y la estructura orgánica del Instituto de contabilidad y Auditoría de Cuentas. · BOE-A-1989-7103
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-04-01.
Texto consolidado
Uno.–El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, creado por la Ley 19/1988, de 12 de julio, es un Organismo autónomo de la Administración del Estado, adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda, y clasificado entre los previstos en el artículo 4.1 a) de la Ley General Presupuestaria.
Dos.–El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que tiene personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, se rige por lo establecido en la Ley sobre Régimen Jurídico de las Entidades Estatales Autónomas, de 26 de diciembre de 1958; en el texto refundido de la Ley 11/1977, de 4 de enero, General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre; en la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas; en el presente Real Decreto, y en las demás disposiciones de aplicación a los Organismos autónomos de la Administración del Estado.