Art. 1.
Art 1 del Real Decreto 1132/1990, de 14 de septiembre, por el que se establecen medidas fundamentales de protección radiológica de las personas sometidas a exámenes y tratamientos médicos. · BOE-A-1990-23081
Atención: Real Decreto 1132/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Toda exposición a radiaciones ionizantes en un acto médico deberá realizarse al nivel más bajo posible, y su utilización exigirá:
1. Que esté médicamente justificada.
2. Que se lleve a cabo bajo la responsabilidad de Médicos u Odontólogos.