Apartado dos. Aplicación de los fondos.
Apartado dos de la Orden HAC/348/2021, de 12 de abril, por la que se concretan los criterios para asignación de ayudas directas a autónomos y empresas en aplicación de lo dispuesto en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. · BOE-A-2021-5866
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-14.
Texto consolidado
A los efectos de lo dispuesto en el art. 4 del Real Decreto-ley, a la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local únicamente le corresponderá verificar con la Dirección General del Tesoro y Política Financiera la correspondencia de los importes reintegrados por las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla con los datos suministrados según lo previsto en el citado artículo.
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