Apartado cuarto. Otros cometidos.
Apartado cuarto de la Orden PRE/3288/2006, de 23 de octubre, por la que se establecen las normas reguladoras del empleo y funciones del Cabo Mayor en el Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2006-18695
Atención: Orden PRE/3288/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Cabo Mayor, además de asumir los cometidos de los apartados segundo y tercero de la presente Orden, tendrá derecho a las siguientes facultades y prerrogativas:
Proponer todas aquellas medidas que estime convenientes relativas a los Cabos y Guardias.
Recibir y despedir a los Cabos y Guardias de nuevo destino y acompañar a éstos en las presentaciones al mando de la unidad.
Acompañar al Jefe de la unidad, centro u organismo en los actos y actividades oficiales que aquél determine.