Agrupación 76. Profesionales de la Informática y de las Ciencias Exactas.
Agrupación 76 del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas. · BOE-A-1990-23930
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-01-01.
Texto consolidado
Grupo 761. Doctores y Licenciados en Ciencias Exactas y Estadísticas.
Cuota de: 25.565 pesetas.
Grupo 762. Doctores y Licenciados en Informática.
Cuota de: 25.461 pesetas.
Grupo 763. Programadores y Analistas de Informática.
Cuota de: 19.044 pesetas.
Grupo 764. Diplomados en Informática.
Cuota de: 20.700 pesetas.
Grupo 765. Grabadores, Informáticos y otros profesionales auxiliares del tratamiento electrónico de datos.
Cuota de: 19.044 pesetas.
Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera..