Agrupación 73. Profesionales del Derecho.
Agrupación 73 del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas. · BOE-A-1990-23930
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-01-01.
Texto consolidado
Grupo 731. Abogados.
Cuota de: 44.402 pesetas. (266,86 euros)
Grupo 732. Procuradores.
Cuota de: 35.501 pesetas. (213,37 euros)
Grupo 733. Notarios.
Cuota de: 124.200 pesetas. (746,46 euros)
Grupo 734. Registradores.
Cuota de: 124.200 pesetas. (746,46 euros)
Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964.
Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera..
Más artículos de Real Decreto Legislativo 1175/1990
- ← Agrupación 72. Gestores de asuntos públicos y privados.
- → Agrupación 74. Profesionales de la Economía y de las Finanzas, Especialistas en Inversiones y Mercados y otros técnic…
- Ver la norma completa: Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.