9. Firma del proyecto.
9 de la Orden de 16 de diciembre de 1997 por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías de servicio y la construcción de instalaciones de servicios. · BOE-A-1998-1457
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-07.
Texto consolidado
El proyecto de accesos, vías de servicio e instalaciones de servicios estará suscrito por un técnico facultativo profesionalmente competente para su redacción y visado por el correspondiente Colegio profesional.
Se declara nulo en cuanto restringe la suscripción de los proyectos de instalaciones de servicio a los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos e Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, por Sentencia del TS de 4 de mayo de 2004. Ref. BOE-A-2004-11174
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2006-9962.