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Orden Vigente

8. Obligación de confidencialidad

8 de la Orden HAC/2324/2003, de 31 de julio, por la que se establecen normas detalladas para la aplicación de las disposiciones referentes a asistencia mutua en materia de recaudación, en desarrollo del Real Decreto 704/2002, de 19 de julio, por el que se incorporan las modificaciones de determinadas Directivas comunitarias sobre asistencia mutua en materia de recaudación, y en cumplimiento de determinadas Directivas Comunitarias sobre asistencia mutua entre los Estados miembros de la Unión Europea en el cobro de determinadas exacciones, derechos e impuestos y otras medidas. · BOE-A-2003-16420

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-20.

Texto consolidado

La información y los documentos enviados a la autoridad requerida sólo podrán comunicarse por ésta:

a) a la persona o entidad mencionada en la petición de asistencia;

b) a las personas y autoridades encargadas del cobro de los créditos, y sólo para este fin;

c) a las autoridades judiciales u otras instancias a las que se hayan sometido asuntos correspondientes al cobro de los créditos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-08-20.

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