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Orden Vigente

70. Accesos a las carreteras.

70 de la Orden de 16 de diciembre de 1997 por la que se regulan los accesos a las carreteras del Estado, las vías de servicio y la construcción de instalaciones de servicios. · BOE-A-1998-1457

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-02-13.

Texto consolidado

Salvo que se ubiquen en un área de servicio, los accesos a instalaciones de servicios situadas junto a una autopista, autovía o vía rápida, nuevas carreteras y variantes se realizarán siempre a través de una vía de servicio.

Las conexiones de una carretera estatal con las vías de servicio de la propia carretera tienen la consideración de accesos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-02-13.

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