6. Calendario de programaciones.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-26.
Texto consolidado
6.1 Programaciones anuales:
a) Anticipo de la programación anual:
– Programaciones de demanda y programaciones en TVB y PVB: Envío hasta el 28 de febrero.
– Programaciones en AVB: Envío hasta el 15 de junio.
b) Programación anual definitiva:
– Programaciones de demanda y programaciones en TVB y en PVB:
● Envío por los usuarios hasta el 31 de mayo y por los distribuidores hasta el 15 de junio.
● Comunicación y confirmación del programa definitivo por el GTS al operador de planta, operadores de redes de transporte y distribución y usuarios: hasta el 30 de junio.
– Programaciones en AVB: Envío hasta el 15 de agosto.
6.2 Programaciones mensuales. El GTS publicará en el SL-ATR antes del 1 de diciembre de cada año, el calendario de envío y confirmación de las programaciones mensuales correspondientes al año natural siguiente, con el fin de que los procedimientos de asignación de slots de periodicidad mensual y el proceso de programación mensual sean compatibles entre sí. En caso necesario, el calendario de programaciones mensuales podrá ser objeto de revisión, tras comunicarse dicha revisión mediante el SL-ATR con una antelación mínima de 30 días naturales respecto a la entrada en vigor del nuevo calendario revisado.
6.3 Programaciones semanales. Todas las programaciones semanales serán enviadas por los agentes obligados los jueves antes de las 12:00 h. El GTS confirmará el programa definitivo a los operadores de instalaciones y usuarios los viernes antes de las 12:00 h.
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- Ver la norma completa: Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la normativa de gestión técnica del sistema gasista sobre programaciones, nominaciones, repartos, balances, la gestión y uso de las conexiones internacionales y los autoconsumos.