5. Solicitudes. Documentación que deberá presentarse
5. de la Resolución de 21 de marzo de 2017, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, sobre el reconocimiento de concursos de vinos y la utilización del logotipo institucional. · BOE-A-2017-4229
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-05-07.
Texto consolidado
5.1 Las solicitudes de reconocimiento deberá presentarse, con carácter general al menos tres meses antes de la fecha prevista de inicio del concurso, e irá dirigida a la Dirección General de la Industria Alimentaria del MAPAMA.
Podrán establecerse excepciones fundamentadas para el caso de solicitudes referidas al año 2017.
5.2 Dichas solicitudes deberán incluir el nombre y dirección de la entidad organizadora, las bases del concurso, que describirá, como mínimo, el ámbito del concurso, fecha y lugar de celebración, los tipos de vino que pueden concurrir, la composición y características del jurado, con indicación de sus miembros, copia de la ficha de cata, número de distinciones y procedimiento de concesión, procedimiento de toma de muestras y seguimiento de los vinos premiados, así como un memoria de la celebración de la anterior edición del concurso.
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