El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente 2 redacciones

5.

5 de la Orden de 7 de julio de 1989 por la que se regulan las denominadas «cuentas financieras» relativas a Deuda del Estado Anotada. · BOE-A-1989-16098

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-12-15.

Texto consolidado

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Sin perjuicio de la inmediata aplicación a sus rendimientos del régimen fiscal que les sea propio, la adaptación a lo dispuesto en la presente Orden de los contratos señalados en su número 1 que hubieran sido suscritos con anterioridad deberá efectuarse antes del 15 de febrero de 1990. Igual plazo regirá para la aprobación de los modelos de aquellos contratos actualmente en vigor a los que se refiere el número 4.bis de la presente Orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-12-15.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1989-29317.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de BOE-A-1989-16098

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1989-16098 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.