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Orden Vigente

5. Gestión en el marco de la Unión Europea

5. Gestión en el marco de la Unión Europea de la Orden PCM/1030/2020, de 30 de octubre, por la que se publica el Procedimiento de actuación contra la desinformación aprobado por el Consejo de Seguridad Nacional. · BOE-A-2020-13663

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-05.

Texto consolidado

Nivel 1: Nacional. Se funcionará según el nivel 1 establecido para el ámbito nacional a fin de detectar campañas de desinformación de bajo impacto que puedan estar relacionadas con información relativa a la Unión Europea.

Colaboración con los StratComs en la identificación y análisis de eventos desinformativos, sobre todo, de aquellos que tengan estrecha vinculación con España, o le afecten de forma evidente.

Intercambio de buenas prácticas y procedimientos en la detección y análisis de campañas de desinformación con el resto de países miembros en el marco de los grupos de trabajo de la Unión.

Nivel 2: Intercambio de información que apoyen en la gestión de campañas de desinformación utilizando el Sistema de Alerta Rápida de la Unión Europea (RAS) a través de la Secretaria de Estado de Comunicación, como punto único de contacto con la Unión Europea para este ámbito. Se valorará, previa aprobación por la Comisión, la elevación al RAS de los informes elaborados.

Nivel 3: Intercambio de información a fin de apoyar la toma de decisiones a nivel político a través de la Secretaria de Estado de Comunicación.

Nivel 4: Toma de decisiones y coordinación a nivel político del Consejo de Seguridad Nacional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-11-05.

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