4. Calendario de repartos.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-26.
Texto consolidado
La elaboración de los repartos seguirá los calendarios expuestos en este apartado.
En el caso de que alguno de los hitos establecidos para los repartos final provisional (m+3) y final definitivo (m+15) en los calendarios correspondiese a un sábado, domingo o festivo nacional, este será desplazado al día laborable inmediatamente posterior.
Antes del 15 de septiembre de cada año, el GTS publicará el calendario del proceso de repartos final provisional (m+3) y final definitivo (m+15) del año de gas siguiente. Estos calendarios se podrán revisar con el fin de identificar y rectificar las posibles inconsistencias que pudieran producirse en los envíos y publicaciones de esta información. En cualquier caso, los repartos final provisional (m+3) y final definitivo (m+15) ya cerrados deberán ser publicados en el SL-ATR antes de la finalización del mes m+3 y m+15 respectivamente.
4.1 Reparto diario provisional (d+1):
– Antes de las 4 horas y 15 minutos posteriores al cierre del día de gas, los responsables del reparto recibirán las cantidades a repartir (envío de ficheros de mensajería desde el SL-ATR con las cantidades a repartir).
– Antes de las 6 horas y 15 minutos posteriores al cierre del día de gas, los responsables del reparto comunicarán al GTS los repartos correspondientes al día d (envío de ficheros de mensajería de cantidades repartidas al SL-ATR).
– Antes de las 6 horas y 30 minutos posteriores al cierre del día de gas, el SL-ATR publicará la información sobre el reparto.
– Antes de las 7 horas y 45 minutos posteriores al cierre del día de gas, los usuarios, el GTS o los operadores podrán reclamar del reparto diario provisional d+1, conforme a lo dispuesto en el apartado 7 del Capítulo X.
– Antes de las 8 horas posteriores al cierre del día de gas, los responsables del reparto recibirán, si corresponde, nuevas cantidades a repartir (envío de ficheros de mensajería desde el SL-ATR con las nuevas cantidades a repartir).
– Antes de las 9 horas y 15 minutos posteriores al cierre del día de gas, los responsables del reparto revisarán y calcularán de nuevo el reparto del día d, si fuera necesario, comunicando a través del SL-ATR el resultado de dicha revisión, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 7 del Capítulo X.
– Antes de las 9 horas y 45 minutos posteriores al día de gas, el SL-ATR publicará el reparto d+1.
4.2 Reparto final provisional (m+3):
– Antes de la finalización del día 6 del mes m+3, los responsables del reparto recibirán las cantidades a repartir correspondientes a los días del mes m (envío de ficheros de mensajería desde el SL-ATR con las cantidades a repartir).
– Antes de la finalización del día 13 del mes m+3, los responsables del reparto comunicarán al GTS los repartos correspondientes al mes m (envío de ficheros de mensajería de cantidades repartidas al SL-ATR).
– Antes de la finalización del día 14 del mes m+3, el SL-ATR publicará los repartos m+3 del mes m de todos los puntos.
– Antes de la finalización del día 18 del mes m+3, los usuarios, el GTS o los operadores podrán solicitar la revisión de los repartos m+3 del mes m.
– Antes de la finalización del día 21 del mes m+3, los responsables del reparto recibirán, si corresponde, nuevas cantidades a repartir (envío de ficheros de mensajería desde el SL-ATR con las cantidades a repartir).
– Antes de la finalización del día 25 del mes m+3, los responsables del reparto comunicarán al GTS los repartos correspondientes al mes m (envío de ficheros de mensajería de cantidades repartidas al SL-ATR).
– Antes de la finalización del día 26 del mes m+3, y una vez se disponga de toda la información de los repartos m+3, el SL-ATR publicará los repartos m+3 del mes m de todos los puntos.
4.3 Reparto final definitivo (m+15). Los plazos para realizar el reparto m+15 correspondiente al mes m serán los mismos que se detallan en el apartado anterior (4.2 de este Capítulo), pero referidos al mes m+15.
Más artículos de BOE-A-2022-19608
- ← 3. Procedimientos de reparto.
- → 5. Controles para el reparto en los puntos PCTD, PCDD, PCLD, PCTG y PCDG.
- Ver la norma completa: Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la normativa de gestión técnica del sistema gasista sobre programaciones, nominaciones, repartos, balances, la gestión y uso de las conexiones internacionales y los autoconsumos.