2. Objeto de la petición
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-20.
Texto consolidado
La petición de cobro o de adopción de medidas cautelares podrá referirse:
a) Al deudor.
b) A cualquier otra persona o entidad obligada al pago del crédito en aplicación de las disposiciones vigentes en el Estado miembro donde la autoridad requirente tenga su sede.
c) A cualquier tercero que se encuentre en posesión de bienes pertenecientes a cualquiera de las personas o entidades mencionadas en las letras a) o b).
Más artículos de Orden HAC/2324/2003
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- Ver la norma completa: Orden HAC/2324/2003, de 31 de julio, por la que se establecen normas detalladas para la aplicación de las disposiciones referentes a asistencia mutua en materia de recaudación, en desarrollo del Real Decreto 704/2002, de 19 de julio, por el que se incorporan las modificaciones de determinadas Directivas comunitarias sobre asistencia mutua en materia de recaudación, y en cumplimiento de determinadas Directivas Comunitarias sobre asistencia mutua entre los Estados miembros de la Unión Europea en el cobro de determinadas exacciones, derechos e impuestos y otras medidas.