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Orden Vigente

17. Disposición de fondos para efectuar las devoluciones de ingresos por tasas de Tesoro Público.

17 de la Orden de 4 de junio de 1998 por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública. · BOE-A-1998-13072

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-15.

Texto consolidado

Las devoluciones de ingresos de tasas se pagarán con cargo a los anticipos de tesorería efectuados por la Secretaria General del Tesoro y Política Internacional a favor de la Agencia Tributaria, según lo previsto en la normativa que regula el régimen económico financiero de la Agencia Tributaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-03-15.

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