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Circular Vigente

12. Seguimiento de las medidas propuestas

12 de la Circular 1/1999, de 26 de marzo, de la Intervención General de la Administración del Estado, de control financiero. · BOE-A-1999-9129

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-14.

Texto consolidado

Los Auditores Nacionales Jefes de División de la Oficina Nacional de Auditoría y los Interventores delegados actuantes establecerán los mecanismos necesarios que permitan el seguimiento, tanto de las medidas correctoras propuestas en los informes definitivos, como de las actuaciones adoptadas por el órgano gestor.

Cuando de los informes definitivos se deriven reintegros de perceptores de subvenciones o ayudas públicas cuya gestión esté descentralizada o desconcentrada, los Interventores delegados deberán comunicar a la Oficina Nacional de Auditoría las actuaciones realizadas por el órgano gestor.

La Oficina Nacional de Auditoría establecerá un sistema de gestión que permita el control y seguimiento de aquellos informes de control financiero de los que se deriven reintegros de perceptores de subvenciones y de las actuaciones realizadas por el órgano gestor. Dicho sistema de gestión se integrará en la base de datos nacional sobre subvenciones y ayudas públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-14.

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