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Resolución Vigente 2 redacciones

1. Objeto.

1 de la Resolución de 29 de marzo de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifica la norma de gestión técnica del sistema gasista NGTS-02 "condiciones generales sobre el uso y la capacidad de las instalaciones del sistema gasista", se establece el protocolo de detalle PD-12 "procedimientos a aplicar a las cisternas de gas natural licuado con destino a plantas satélite" y se modifica el protocolo de detalle PD-01 "medición, calidad y odorización de gas". · BOE-A-2012-5366

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-22.

Texto consolidado

El presente protocolo de detalle tiene como objeto establecer la metodología de coordinación y las obligaciones aplicables a los diferentes sujetos que actúan en el mercado de cisternas de gas natural licuado (GNL) con destino a las plantas satélite, a fin de asegurar la necesaria continuidad, calidad y seguridad del suministro.

A efectos del presente protocolo se distinguen dos tipos de plantas:

• Plantas satélite monocliente que alimentan a un único consumidor final.

• Plantas satélite de distribución que alimentan a una o varias redes de distribución.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-22.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-5593.

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